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Artículo 123 del Decreto 1208

Aprueba el reglamento orgánico de la direccion general de aprovisionamiento del estado deroga el decreto 3.777, de 5 de diciembre de 1940, de hacienda.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17220 / 7155612.

Texto oficial

Artículo 123° Para ingresar como empleado de la Dirección, independientemente de lo establecido en el párrafo 1° del Título I del Estatuto Administrativo, se exigirá haber rendido satisfactoriamente el cuarto año de humanidades, en los Liceos de la República, o su equivalente en otros Establecimientos Educacionales.