Saltar al contenido

Artículo 74 del Decreto 1225

Aprueba el reglamento orgánico de la caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la republica; deroga el decreto 343, de 11 de marzo de 1954, de salud publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17286 / 5928831.

Texto oficial

Artículo 74.° La elección de la casa o departamento y la solicitud de compra deberán formalizarse dentro de los 60 días siguientes a la aprobación de la lista por el Consejo. Los imponentes que no formalicen su solicitud de compra dentro de este plazo serán reemplazados, en orden de preferencia, por los postulantes que quedaron en el grupo de solicitudes no aprobadas. Los imponentes comprendidos en la lista de selección tendrán derecho a elegir la casa o departamento de su preferencia en el orden que figuren en esa lista.