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Artículo 80 del Decreto 1225

Aprueba el reglamento orgánico de la caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la republica; deroga el decreto 343, de 11 de marzo de 1954, de salud publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17286 / 5928838.

Texto oficial

Artículo 80.° La Caja deberá enviar a las Municipalidades respectivas, dentro de los veinte primeros días de cada mes, todas las modificaciones por descuentos o cesación de ellos, reparos y cualquiera otra clase de cargos que deban hacerse en la cuenta corriente de los afectados.