Texto oficial
Artículo 4.° El Fondo de Seguro creado en el artículo
11.° de la ley se formará con:
1.° El 8,33% del aporte indicado en la letra a) del
artículo 10.° de la ley 11.219;
2.° El 4,16% del aporte indicado en la letra b) del
mismo artículo, y
3.° El 33% del aporte indicado en la letra c) del mismo
artículo.