Texto oficial
Artículo 30.- La notificación de la resolución de la
Junta Calificadora deberá realizarse dentro del plazo de
cinco días desde la fecha de la última sesión de
calificaciones. La notificación se practicará al empleado
por el secretario de la Junta o por el funcionario que ésta
designe, quien deberá entregar copia autorizada del acuerdo
respectivo de la Junta Calificadora y exigir la firma de
aquel o dejar constancia de su negativa a firmar.