Texto oficial
Artículo 40.- El escalafón de mérito deberá enviarse
a la Contraloría General de la República dentro de los
quince días siguientes de expirado el proceso
calificatorio.
Aprueba reglamento de calificaciones del personal municipal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17294 / 8267037.