Texto oficial
Artículo 39.- Los funcionarios tendrán derecho a
reclamar de su ubicación en el escalafón cuando se
hubieren producido vicios de legalidad en su confección, en
los términos del artículo 156 de la Ley N°18.883. El
reclamo deberá interponerse en el plazo de 10 días
hábiles a contar desde la fecha en que el escalafón esté
a disposición de los funcionarios para ser consultado.