Texto oficial
Artículo 23.- Funciones del Servicio. En lo que
respecta al Registro, son funciones del Servicio de Registro
Civil e Identificación:
a) Realizar las inscripciones, modificaciones,
actualizaciones y cancelaciones en el Registro, ordenadas
por el tribunal competente, por los medios y en la forma que
determine el reglamento.
b) Certificar en línea, por los medios y en la forma
que determine el reglamento, si la persona por la que se
consulta tiene inscripciones vigentes en el Registro en
calidad de deudor de alimentos.
Toda persona con interés legítimo en la consulta y
quienes deban realizarla podrán acceder en línea al
Registro y obtener en forma gratuita la certificación
indicada en este literal. En caso de existir una
inscripción vigente, la certificación deberá
individualizar al deudor de alimentos, mediante su nombre
completo y número de cédula de identidad o documento de
identificación correspondiente; indicar el número de
alimentarios afectados, el monto actualizado de la deuda y
la cantidad de cuotas adeudadas, la individualización del
tribunal que fijó o aprobó la pensión y los datos de la
cuenta dispuesta para realizar el pago. Si quien realiza la
consulta es el alimentario afectado o su representante
legal, se podrá optar a que la certificación también
incluya referencia a dicho alimentario, individualizándolo
a través de su nombre completo y número de cédula de
identidad o documento de identificación correspondiente.