Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8718032.
Texto oficial
Art. 218. Se concederá también la acción de L. 19.585
impugnación a toda otra persona a quien la maternidad Art. 1º, Nº 24
aparente perjudique actualmente en sus derechos sobre la
sucesión testamentaria, o abintestato, de los supuestos
padre o madre, siempre que no exista posesión notoria del
estado civil.
Esta acción expirará dentro de un año, contado desde
el fallecimiento de dichos padre o madre.