Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8719234.
Texto oficial
Art. 1311. El testador puede hacer encargos secretos y
confidenciales al heredero, a el albacea, y a cualquiera
otra persona, para que se invierta en uno o más objetos
lícitos una cuantía de bienes de que pueda disponer
libremente.
El encargado de ejecutarlos se llama albacea
fiduciario.