Texto oficial
Art. 2122. El mandatario que ejecuta de buena fe un
mandato nulo o que por una necesidad imperiosa sale de los
límites de su mandato, se convierte en un agente oficioso.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
idNorma: 172986 · idParte: 8720164