Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8720225.
Texto oficial
Art. 2179. Sin embargo de lo dispuesto en el artículo
precedente, si el comodato fuere en pro de ambas partes, no
se extenderá la responsabilidad del comodatario sino hasta
la culpa leve, y si en pro del comodante solo, hasta la
culpa lata.