Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8720230.
Texto oficial
Art. 2184. El comodatario es obligado a suspender la
restitución de toda especie de armas ofensivas y de toda
otra cosa de que sepa se trata de hacer un uso criminal;
pero deberá ponerlas a disposición del juez.
Lo mismo se observará cuando el comodante ha perdido
el juicio y carece de curador.