Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8720474.
Texto oficial
Art. 2406. Se extingue el derecho de prenda por la
destrucción completa de la cosa empeñada.
Se extingue asimismo cuando la propiedad de la cosa
empeñada pasa al acreedor por cualquier título.
Y cuando en virtud de una condición resolutoria se
pierde el dominio que el que dio la cosa en prenda tenía
sobre ella; pero el acreedor de buena fe tendrá contra el
deudor que no le hizo saber la condición el mismo derecho
que en el caso del artículo 2391.