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Artículo 8 de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre tramitacion y fallo de las reclamaciones relativas a las declaraciones de candidaturas a cargos de concejales en la viii region del bio-bio

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 173439 / 6293608.

Texto oficial

Artículo 8º.- La sentencia se notificará por el estado diario y se comunicará, por la vía más rápida, al Director Regional del Servicio Electoral, una vez que se encuentre ejecutoriada.