Texto oficial
Art. 15. 1) Subrogará al Director General, en casos de
ausencia, enfermedad u otra imposibilidad que hubiere de
durar más de 15 días, uno de los cuatro Consejeros
miembros del Comité Ejecutivo designados por el Ministro de
Defensa Nacional, según el orden de precedencia que
anualmente se determine por sorteo en la primera reunión
que celebre.
2) En caso de que entre estas personas existan algunas
con jerarquía militar, una vez efectuado el sorteo, estos
funcionarios cambiarán sus colocaciones de acuerdo con sus
grados.