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Artículo 14 del Decreto 1250

Aprueba el reglamento para la ejecucion de la ley n° 8.059 que creo la defensa civil de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17350 / 8536394.

Texto oficial

Art. 14. El Director General correlacionará la labor de la DC. de Ch. con la de los organismos públicos que tengan a su cargo los servicios vitales a fin de preparar con ellos las medidas que sea necesario adoptar en casos de emergencia para el pronto restablecimiento de dichos servicios.