Texto oficial
Art. 43. 1. El registro de Reclutamiento constará de 4
secciones:
a) Voluntarios varones, mayores de 18 años;
b) Voluntarios mujeres, mayores de 18 años;
c) Extranjeros, de ambos sexos, mayores de 21 años, con
más de 5 años de residencia en el país, previamente
calificados por el Presidente del Comité Local, y
d) Varones y mujeres menores de 18 años, que se
inscribirán en un registro especial de Acción Juvenil.
2. Los inscritos de las diversas categorías enumeradas
anteriormente se distribuirán, de acuerdo con la
especialidad de su propia elección, en las diferentes
Brigadas y Secciones (Cursos) que se establezcan para las
necesidades de la DC. de Ch.