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Artículo 2 del Decreto Ley 2516

Dispone normas sobre aplicacion de los aranceles de honorarios de profesionales y exigencia de titulos para el desempeño de determinados cargos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 173510 / 6293845.

Texto oficial

Artículo 2º.- El requisito de contar con título profesional universitario, para el desempeño de determinados cargos públicos, exigido por la legislación vigente, se entiende cumplido por el sólo hecho de encontrarse en posesión del título universitario correspondiente.