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Artículo 3 de la Ley 10.262

Faculta al presidente de la república para autorizar rifas, sorteos, etc., de las caracteristicas y en las condiciones que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 173984 / 8363921.

Texto oficial

Artículo 3.o Concédese amnistía a las personas procesadas o condenadas por los delitos a que han dado origen las rifas o sorteos a que se refiere el artículo 1.o. Dichas personas podrán acogerse al beneficio que este artículo otorga, aunque a su respecto no se haga uso, por el Presidente de la República de la facultad que le acuerda el ya citado artículo 1.o de la presente ley.