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Artículo 2 del Decreto Ley 603

Crea sistema de subsidios de cesantia para los trabajadores de los sectores privado y publico

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 174874 · idParte: 8796191

Texto oficial

Artículo 2º.- Tendrán derecho al subsidio de cesantía los trabajadores afectos a los artículos 36º y 37º de la ley Nº 7.295 y sus modificaciones y a las disposiciones contenidas en el DFL. Nº 243, de 1953. También tendrán derecho a este subsidio los trabajadores dependientes del sector privado no afectos a las disposiciones legales citadas, en las condiciones que más adelante se establecen. Los trabajadores independientes que en la actualidad tienen derecho a subsidio de cesantía quedarán, igualmente sujetos a las normas de este decreto ley.