Texto oficial
Artículo 1°.- Apruébanse como objetivos y políticas para el desarrollo nuclear chileno, las contenidas en el Anexo al presente decreto y que se incorporarán al Documento "Programa Socio Económico 1981-1989", como letra G del párrafo III "Sector Servicios", bajo el título "Energía Nuclear", sancionado por decreto supremo N° 2.203 de 1981, del Ministerio del Interior.