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Artículo 22 del Decreto 1355

Fija reglamento de zonas y depositos francos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17622 / 9098384.

Texto oficial

Párrafo 4.- De la salida de mercancías de la Zona y Depósito Franco ARTICULO 22° La exportación de mercancías ingresadas a la Zona o Depósito Franco, dará derecho a la devolución de lo cancelado por concepto del Impuesto al Valor Agregado, en conformidad a las instrucciones que para este efecto emita el Servicio de Impuestos Internos, en conformidad a la legislación vigente.