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Artículo 32 del Decreto 1355

Fija reglamento de zonas y depositos francos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17622 / 9098394.

Texto oficial

TITULO II DE LA ZONA FRANCA DE IQUIQUE ARTICULO 32° Se aplicarán a la Zona Franca de Iquique todas las disposiciones contenidas en el Título I de este reglamento, en lo que no sean contrarias al presente Título.