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Artículo 3 del Decreto 1368

Fija texto refundido actualizado de las plantas de personal del servicio de impuestos internos y de los respectivos requisitos de ingreso y promocion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 17641 · idParte: 8949063

Texto oficial

Artículo 3°: Con todo, para ocupar cualquier cargo de las Plantas del Servicio de Impuestos Internos, bastára con estar sirviendo, a la fecha de publicación de la Ley N° 19.041, uno de igual grado y denominación en la Planta del Servicio, pero para la promoción, será indispensable cumplir los requisitos que establece el artículo 2° de este decreto.-