Texto oficial
Artículo 127 bis.- El tribunal, a solicitud del
Ministerio Público, decretará la detención respecto de
quien tenga vigente una notificación roja de la
Organización Internacional de Policía Criminal, para que
sea conducido ante el juez dentro del plazo máximo de
veinticuatro horas.
En la audiencia el Ministerio Público podrá solicitar
una ampliación del plazo de detención hasta por cinco
días, con el fin de que pueda solicitarse la detención
previa del imputado o iniciarse el proceso de extradición.
Si ha transcurrido el plazo de la ampliación, sin que
se haya solicitado la detención previa o iniciado el
proceso de extradición, el juez de garantía deberá
decretar la libertad inmediata del imputado.