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Artículo 46 del Código Procesal Penal

Establece código procesal penal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 176595 / 8646577.

Texto oficial

Artículo 46.- Contenido. Las costas del procedimiento penal comprenderán tanto las procesales como las personales.