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Artículo 11 del Decreto 1383

Reglamento orgánico del consejo de defensa del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17670 / 7156231.

Texto oficial

Artículo 11.- Los Procuradores Fiscales serán subrogados en la forma que establece el artículo 16° de la Ley Orgánica.