Saltar al contenido

Artículo 1 del Decreto 643

Aprueba ''reglamento de visita de abogados y demás personas habilitadas a los establecimientos penitenciarios''

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 176915 / 6305919.

Texto oficial

Artículo 1º: Se otorgarán las más amplias facilidades a los internos para contar con la asesoría jurídica de personas autorizadas para representar en juicio, no sólo en la defensa de las causas penales que se siguen en su contra, sino además en todo otro negocio jurídico o gestión judicial que por su naturaleza, requiera la intervención de un letrado.