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Artículo 1 del Decreto Ley 2251

Bonifica la contratacion de trabajadores ciegos y sordomudos y otorga subsidio a enfermos del mal de hanssen

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 177511 / 6307581.

Texto oficial

Artículo 1º.- Concédese a partir de la vigencia del presente decreto ley a los empleadores del sector privado que proporcionen empleos a sordomudos o ciegos, una bonificación equivalente al 100% de los aportes patronales que proceda efectuar por ellos a las instituciones previsionales correspondientes. Sólo dan derecho a bonificación los trabajadores que al contratarse padezcan de ceguera o sordomudez total, circunstancia que se comprobará conforme a las normas que establece el Reglamento.