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Artículo 1 del Decreto 659

Crea consejo tecnico asesor en política de medicamentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 178316 / 8426350.

Texto oficial

Artículo 1°: Créase el Consejo Técnico Asesor en Política de Medicamentos, cuyo objeto será asesorar a las instancias políticas y técnico normativas del Ministerio de Salud, en materias relacionadas con el estudio, formulación y desarrollo de la Política y Plan Nacionales de Medicamentos.