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Artículo 8 del Decreto Ley 2128

Autoriza a la corporacion nacional del cobre de chile para permutar y renunciar a las pertenencias mineras que individualiza

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 178754 · idParte: 6311798

Texto oficial

Artículo 8º.- Autorízase a la Empresa Nacional de Minería para enajenar la totalidad de las acciones de que es dueña en la Compañía Minera Disputada de Las Condes, Sociedad Anónima.