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Artículo SEGUNDO TRANSITORIO de la Ley de Opas

Regula las ofertas publicas de adquisicion de acciones (opas) y establece regimen de gobiernos corporativos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 179295 / 7278700.

Texto oficial

Artículo segundo transitorio.- Los fondos de inversión actualmente existentes, deberán adecuar sus reglamentos internos en la primera reforma que se efectúe a los mismos o a más tardar dentro de los seis meses siguientes a la fecha de publicación de la presente ley en el Diario Oficial. En tanto no adecuen sus reglamentos internos, se seguirán rigiendo por las normas que les eran aplicables a la fecha de la entrada en vigencia de esta ley.