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Artículo NOVENO TRANSITORIO de la Ley de Opas

Regula las ofertas publicas de adquisicion de acciones (opas) y establece regimen de gobiernos corporativos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 179295 / 7278707.

Texto oficial

Artículo noveno transitorio.- No obstante lo dispuesto en el artículo 35 bis de la Ley General de Bancos, cuando el Banco Central de Chile acuerde efectuar una enajenación de acciones con sujeción a la ley Nº 19.396, o mantenga acciones en uno de los bancos objeto de la fusión, toma de control, o del aumento sustancial de participación accionaria, no procederá el informe del Banco Central de Chile y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras se pronunciará por sí sola sobre la solicitud.