Texto oficial
Artículo 2º.- La modificación establecida en el numeral 6) del artículo 2º de la presente ley, sólo comenzará a regir a contar del año 2002.
Modifica la ley nº 18.695, orgánica constitucional de municipalidades, el decreto ley nº 3.063, de 1979, sobre rentas municipales, y la ley nº 17.235, sobre impuesto territorial
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 179502 / 8577717.