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Artículo TERCERO del Decreto Ley 20

Declara en reorganizacion servicios que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180563 / 7279271.

Texto oficial

Artículo tercero.- El Director General de Salud y el Vicepresidente del Servicio Médico Nacional de Empleados asumirán la plenitud de las funciones, atribuciones y obligaciones que correspondan al Consejo Nacional de Salud y al Consejo Asesor del Servicio Médico Nacional de Empleados, respectivamente, y, además, aquellas generales y especiales para el eficaz funcionamiento de los Servicios.