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Artículo 6 del Decreto 1559

Decreto 1559

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18076 / 5931835.

Texto oficial

Art. 6.o El Secretario y el Relator de la Corte Marcial desempeñarán también esas funciones en la Corte Naval.