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Artículo PRIMERO del Decreto Ley 1875

Modifica decreto ley nº 1.125, de 1975, modificatorio de la ley nº 16.640 sobre reforma agraria

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180814 / 7279523.

Texto oficial

Artículo primero.- Sustitúyese la letra b), del artículo 2º transitorio, del decreto ley Nº 1.125, de 1975, por la siguiente: "b) la fecha de emisión será la del acuerdo de tasación adoptado por el Consejo de la Corporación de la Reforma Agraria".