Texto oficial
Artículo 8º.- Los docentes que estuvieren percibiendo
la Asignación de Excelencia Pedagógica, en razón de una
acreditación vigente al año 2006, tendrán derecho a
seguir recibiendo este beneficio por el período que les
falte para completar los 10 años contados desde el mes de
marzo del año de la postulación en que obtuvieron la
acreditación vigente.