Texto oficial
Artículo 7º.- La modificación contenida en el
numeral 4 del artículo 12 de esta ley, regirá desde el
inicio del año escolar de 2002.".
Otorga un mejoramiento especial de remuneraciones para los profesionales de la educacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 180817 / 8720963.