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Artículo 32 del Decreto 1574

Aprueba reglamento de la ley 17.301, que crea la junta nacional de jardines infantiles

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 18118 · idParte: 5932015

Texto oficial

Artículo 32.o: La atención médico sanitaria de los párvulos será gratuita y sus modalidades se establecerán en un reglamento interno de la Junta, que coordinará ese aspecto de la prestación de servicios de los jardines infantiles, con el Servicio Nacional de Salud y el Servicio Médico de Empleados.