Texto oficial
Artículo 63°.: La Junta Nacional de Jardines Infantiles tendrá la siguiente estructura orgánica:
1.- Departamentos
- de Ejecución
- Jurídico
- de Administración
- de Planificación y Estudios.
En este mismo orden se efectuará la subrogación del Vicepresidente Ejecutivo a que se refiere el artículo 17°. del presente reglamento.
2.- Secciones
- de Desarrollo Social
- de Abastecimiento
- Contabilidad
- de Presupuesto
- de Personal y Bienestar
- División de Inspección.
3.- Oficinas
- Relaciones Públicas.
Sin perjuicio de los Departamentos y Secciones que se crean en el N°. 1 y 2 de este artículo, la Junta tendrá en el futuro los Departamentos y Secciones que las necesidades reales del Servicio determinen; como, asimismo, se podrán modificar los que ya existan.