Texto oficial
Artículo 1º.- Facúltase a los establecimientos de comercio para atender público el día 24 de Diciembre de 1978, entre las 9.00 y las 21.00 horas.
Faculta a los establecimientos de comercio para atender publico en dia y horas que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 181201 / 8365376.