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Artículo 2 de la Ley 14.822

Destina, con cargo al excedente de los fondos establecidos en el articulo 27° de la ley numero 12.861, las cantidades que indica, en la ejecucion de las obras que señala, en la ciudad de valdivia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 181334 / 7279973.

Texto oficial

Artículo 2°.- En el artículo 4° de la ley 13.682, de 28 de Noviembre de 1959, sustitúyese la frase "y la cantidad de E° 190.000", por la frase : "y hasta la cautidad de E° 450.000".