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Artículo 1 del Decreto 1583

Establece norma de emision de material particulado a fuentes estacionarias puntuales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18138 / 7156812.

Texto oficial

Artículo 1°.- El presente decreto supremo se aplicará a las fuentes estacionarias puntuales que emitan más de una tonelada diaria de material particulado que se encuentren ubicadas dentro de la Región Metropolitana, en adelante "las fuentes estacionarias".