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Artículo 27 del Decreto 1597

Reglamento orgánico del ministerio de justicia

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 18182 / 7156887.

Texto oficial

Artículo 27.- Estará integrado por: a) la Sección de Administración; b) la Sección Partes, Archivo y Transcripciones, y c) la Oficina de Legalizaciones.