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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 5

Fija las plantas de funcionarios del servicio de prisiones

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182053 / 6323403.

Texto oficial

Artículo 5º.- La provisión de los cargos de la Planta III, de Alcaides y Jefes de Establecimientos Especiales, que se crea en el presente decreto con fuerza de ley, se hará de acuerdo con las siguientes reglas: a) Los cargos de Alcaide de la Penitenciaría de Santiago y de Alcaide de la Cárcel Pública de Santiago, de la cuarta categoría directiva, y de Director del Centro de Readaptación de Menores, de la sexta categoría directiva, seguirán siendo desempeñados por las personas que, a la fecha de publicación de la ley Nº 16.840, se encontraban nombrados en esos cargos, ubicados en la antigua Planta I, Directiva, Profesional y Técnica, en la categoría quinta los dos primeros y sexta el último; b) La provisión de los demás cargos de Alcaides o Jefes de Establecimientos Especiales se hará por concurso.