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Artículo 3 del Decreto Ley 1686

Fija remuneraciones del personal del instituto de seguros del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182143 / 7280754.

Texto oficial

Artículo 3º.- Deróganse los artículos 1º, 3º y 5º del decreto ley Nº 554, de 1974.