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Artículo 2 del Decreto Ley 1761

Reemplaza decreto ley nº 1.420, de 1976, que establece impuesto a vehiculos motorizados que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 182257 / 7280813.

Texto oficial

Artículo 2º.- El artículo 1º del presente decreto ley regirá desde la fecha de publicación, en el Diario Oficial, de la lista a que se refiere el artículo 3º del nuevo texto que reemplaza el actual decreto ley Nº 1.420, y desde esa misma fecha se entenderá ése derogado.