Saltar al contenido

Artículo 4 del Decreto 4

Reglamenta programa de educacion basica rural

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 183085 / 6327297.

Texto oficial

Artículo 4º: El gasto que demande el desarrollo de las actividades del Programa de Educación Básica Rural, tales como: el costo de pasajes, alimentación, capacitación, contratación de especialistas, materiales u otros necesarios para el éxito del Programa, se imputará al ítem 09-01-01-25-33-150, del Presupuesto para el año 2001 del Sector Público.